Comunicado No. 12 (19/05/2010)

Despublicado

Ordena el TEEP se Informe Sobre la Sustitución del Candidato de Compromiso por Puebla en Chichiquila

En un plazo de 24 horas deberá el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, exponer las razones y los elementos de hecho y de derecho que le aportó la Coalición Compromiso por Puebla, para que sustituyera a su candidato en el municipio de Chichiquila en el presente proceso electoral ordinario.

La anterior resolución fue dictada en sesión pública de esta noche por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, al resolver la impugnación presentada ante este órgano jurisdiccional por el C. Clemente Rodríguez Montiel, candidato sustituido por la Coalición Compromiso por Puebla.

 

El Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, Reynaldo Lazcano Fernández y los Magistrados Gabriel González Alegría y Antonio Oropeza Barbosa al resolver este recurso concluyeron en su determinación que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado había violado el derecho del apelante por no haberle notificado, en forma legal la sustitución de que fue objeto por parte de la Coalición Compromiso por Puebla.

 

La autoridad electoral del estado al resolver la apelación presentada por los C. Roxana Luna Porquillo y Héctor Miguel Bautista López en la que impugnaban la selección y registro de candidatos por la Coalición Compromiso por Puebla, determinaron de desecharla de plano por improcedente, ya que los recurrentes carecen de interés jurídico para tal efecto además de que dicho recurso fue presentado en forma extemporánea.

 

Asimismo los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, al conocer el recurso de apelación interpuesto por Gilberto Rojas Martínez, quien impugnaba el registro del candidato a presidente municipal de Coyomeapan por la Coalición Compromiso por Puebla, resolvieron desecharla de plano por carecer de interés jurídico el promoverte, ya que no participó como aspirante o candidato a ese cargo de elección.

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