Determina el TEEP no Abrir Paquetes Electorales en Nueve Municipios.
En sesión pública celebrada este día el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, determinó declarar infundadas las pretensiones de que se realizara un nuevo escrutinio y cómputo de votos de los comicios celebrados en nueve municipios el pasado 4 de Julio del presente año. Asimismo, resolvieron declarar infundados los agravios expresados en el recurso de inconformidad contra los resultados del acta de computo municipal de San Andrés Calpan y desechar de plano el recurso presentado sobre la elección del municipio de Coronango
El Magistrado Presidente Reynaldo Lazcano Fernández y los magistrados Gabriel González Alegría y Antonio Oropeza Barbosa, en votación unánime resolvieron declarar infundados los incidentes presentados por los representantes de las Coaliciones Alianza Puebla Avanza y Compromiso por Puebla y el Partido del Trabajo en los que pretendían se efectuaran nuevo escrutinio y computo sobre las elecciones de las presidencias municipales de Juan Galindo, Huatlatlauca, Chiautzingo, Nauzontla, Hermenegildo Galenaza, Chalchicomula de Sesma, Tehuitzingo, General Felipe Angeles y Teziutlán.
La autoridad electoral en sus resoluciones destacó que la ley de la materia establece el procedimiento compuesto por diversas etapas sucesivas, con la previsión de diversos controles que aseguren la certeza en los resultados recibidos en cada una de las casillas, el cual es el desarrollado por los propios integrantes de las mesas directivas de casilla, la concordancia de los resultados anotados en los diversos espacios contenidos en el acta de escrutinio y el cómputo sirve como prueba de que esa actuación electoral se llevo a cabo correctamente, por ello no es necesario ordenar un nuevo escrutinio y cómputo como lo solicitan los recurrentes en sus incidentes.
En tal sesión pública los magistrados electorales resolvieron desechar de plano el recurso de inconformidad interpuesto por el candidato a presidente municipal de Coronango por la Coalición Alianza Puebla Avanza, quien se inconformaba por los resultados de la elección en que participó, debido a que dicha impugnación fue presentada en forma extemporánea y autoridad diversa.
En relación al recurso de inconformidad presentado por el representante de la Coalición Alianza Puebla Avanza contra los resultados de la elección en el municipio de San Andrés Calpan, la autoridad electoral determinó declarar infundados los agravios expresados en dicha impugnación.