• TRIBUNAL ELECTORAL CONFIRMA RESULTADOS DE ELECCIONES.
- Confirma elección extraordinaria en Acajete.
- Confirma elección en San Cristobal Xochimilpa y Jilotzingo.
En sesión pública realizada el día de hoy el Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolvió por unanimidad de votos 2 apelaciones respecto de resultados de Juntas Auxiliares y 2 recursos de inconformidad sobre la elección extraordinaria en Acajete.
El magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, Francisco Javier de Unanue y Bretón y los magistrados Claudia Barbosa Rodríguez y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, resolvieron los recursos que a continuación se describen:
TEEP-I-001/2014. Recurso de inconformidad promovido por el Partido Movimiento Ciudadano, a través de su representante acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de Acajete, Puebla, en contra de los resultados del cómputo de la elección a miembros del ayuntamiento de dicho Municipio, el Tribunal Electoral resolvió propone desechar de plano por improcedente la demanda, debido a que se actualiza la causal prevista en la fracción VIII del artículo 369 del Código, pues en el recurso de cuenta es claro que el partido político actor agotó su derecho de impugnación al promover primigeniamente diverso recurso de inconformidad, que dio origen a la integración del expediente TEEP-I-002/2014.
TEEP-I-002/2014. Recurso de inconformidad promovido por el Partido Movimiento Ciudadano, a través de su representante acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de Acajete, Puebla, en contra de los resultados del cómputo de la elección a miembros del ayuntamiento del municipio de Acajete, Puebla, posterior a un exhaustivo análisis el Pleno del Tribunal Electoral resolvió declarar infundados los agravios esgrimidos por el actor, por lo que se confirma el cómputo final de la elección de miembros del ayuntamiento del municipio de Acajete, Puebla, la declaración de validez de la misma y la entrega de las constancias de validez y mayoría, otorgadas a la planilla triunfadora.
TEEP-A-090/2014 y TEEP-A-091/2014. Recursos de apelación, interpuestos por Ernesto Cruz Sánchez y Rafael Reyes González respectivamente, contra los desechamientos decretados por el Síndico del Ayuntamiento de Zacatlán, Puebla, en las resoluciónes de cuatro de junio de dos mil catorce, por considerar que al haberse tomado la protesta a los Presidentes de las Juntas Auxiliares de San Cristóbal Xochimilpa y Jilotzingo, el quince de mayo pasado, determinando que dichos actos eran irreparables, los Magistrados Electorales resolvieron declarar fundados los agravios esgrimidos por los actores por lo que se confirma el punto de acuerdo sexto tomado por el Cabildo de Zacatlán, Puebla, en sesión de ocho de mayo del año que transcurre, mediante el cual declaró la invalidez de la elección de la junta auxiliar de San Cristóbal Xochimilpa y Jilotzingo, solicitada el treinta de abril por los actores quienes “dicen haberlas realizado mediante el método de usos y costumbres…”.Así como confirmar los resultados y la validez de la elección de la Junta Auxiliar de San Cristóbal Xochimilpa y Jilotzingo, en el Municipio de Zacatlán, Puebla.